MARZO-2003
Nota : Dada la imposibilidad de tratar los trámites que todos los organismos públicos competentes a nivel autonómico, requieren para la apertura de determinados establecimientos, vamos a tratar en estos artículos, para el caso en que las competencias esten transferidas, los que solicita la Comunidad de Madrid.
Para otras comunidades ofrecemos un enlace a las páginas web de las diferentes autonomías, donde podrán informarse de si la misma ha asumido la competencia de la autorización de apertura y en su caso los pasos a seguir para obtenerla. Ver mapa y enlaces de autonomías.
Al final de este artículo ofrecemos los enlaces a los trámites de las comunidades autónomas adheridas al proyecto de ventanilla única empresarial, en caso de que las competencias esten transferidas.
Empezaremos en primer lugar fijando lo que entendemos por 'centros, servicios y establecimientos sanitarios':
Excluiriamos como "centro, servicio o establecimiento sanitario", los destinados al transporte sanitario, los botiquines, las oficinas de farmacia, almacenes, ópticas, laboratorios y centros o establecimientos de elaboración de drogas, estupefacientes o similares, especialidades farmaceúticas y sus materias primas y material instrumental médico, terapeútico o correctivo y los balnearios.
Los incluidos en la clasificación objeto de esta información deberán solicitar y obtener autorización sanitaria previa a su construcción, creación, modificación o cierre, así como la autorización definitiva que les permita iniciar el funcionamiento.
Esta concesión la realizará la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma donde se ubique el establecimiento, en el caso de que tenga transferida dicha competencia.
Los documentos a presentar para la solicitud de autorización previa serán en el caso de la Comunidad de Madrid (ver al final del artículo otras comunidades).
Los documentos a presentar para la solicitud de autorización definitiva serán en el caso de la Comunidad de Madrid (ver al final del artículo otras comunidades).
Una vez concedida la autorización definitiva, el Servicio de Inspección Sanitaria de la Dirección General de la Salud, previa inspección previa favorable, emitirá documento acreditativo de la autorización y registro correspondiente.
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Andalucia |
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Islas Baleares |
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Canarias - Instalación |
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Madrid |
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Canarias - Funcionamiento |
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Murcia |
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Fuentes:
Guía para la creación de empresas
Ventanilla Unica Empresarial
Ministerio de Sanidad
www.creaciondempresas.com
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