CREANDO EMPRESA :

Franquicias extranjeras,
¿cómo establecerse en España?

 

 



 

España es la ubicación idónea en Europa para franquicias extranjeras. En los últimos años, España ha sido uno de los destinos principales de Inversión Directa Extranjera, siendo el tercer país de la UE con un mayor número de compañías extranjeras afiliadas. Con un PIB de 548,000 millones de euros al año y más de 40 millones de habitantes, España es actualmente la octava economía más fuerte del mundo y continúa creciendo por encima de la media de la UE. Por lo tanto, existe un amplio mercado para los productos y servicios ofrecidos por las franquicias extranjeras, siendo un 17,79% de las cadenas operando en España de origen extranjero.

Nuestra experiencia con el franquiciador extranjero que quiere franquiciar en España muestra una serie de similitudes entre ellos, sin tener en cuenta el país de procedencia, en cuanto al proceso de establecerse en este país. Sin limitación, los servicios prestados comprenden estudios de viabilidad, análisis de mercado, adaptación de la documentación legal, comercial y operativa al sistema español de la franquicia, traducción de dicha documentación al castellano, selección de master franquicias y apoyo continuo a lo largo de su desarrollo en España. Los comienzos de la franquicia extranjera en España se suele centrar en la búsqueda de un socio inversor que se convertirá en master franquiciado para todo el territorio español o bien varios socios inversores que adquirirán los derechos a ciertas regiones de España. Esta búsqueda se puede realizar de forma paralela con el análisis de mercado, la adaptación y traducción de la documentación y los procedimientos iniciales para la instalación de dicha franquicia en España.

Por lo general, los pasos necesarios para que una empresa extranjera cuya actividad es la franquicia se instale en España empiezan con los mismos trámites que para la constitución de una empresa española. La implantación de una empresa extranjera en España puede hacerse de diferentes formas jurídicas, cada una de ellas cumpliendo un papel diferente y la idoneidad de una u otras formas dependiendo de la estrategia adoptada por la franquicia extranjera y los objetivos planteados. En este caso, analizaremos la creación de la franquicia extranjera como una nueva empresa con domicilio en España, según las formas jurídicas existentes en el derecho mercantil español.

Aconsejamos que las franquicias extranjeras cumplan con los siguientes requisitos básicos legales:

1. Registro de Actividades Económicas
2. Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
3. Inscripción en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria

La franquicia extranjera constituida como una sociedad española también tiene la obligación de llevar en orden y al día los libros oficiales en los cuales se debe reflejar las distintas actividades empresariales, incluido el Libro Diario, el Libro de Inventarios y Cuentas Anuales, el Libro de Visitas y el Libro de Matrícula. Además, tiene que realizar la legalización y sellado de los libros oficiales en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio de la actividad.

Si la franquicia extranjera tiene pensado tener a empleados en España que no sean residentes de la Comunidad Europea, tendrán que solicitar visados y permisos de trabajo especiales.

La franquicia extranjera también tendrá que solicitar licencias municipales, tales como la Licencia Municipal de Apertura y la Licencia Municipal de Obras.

Las formalidades básicas de la constitución de entidades mercantiles consisten en cinco puntos principales, que deben de ser llevados a cabo por los accionistas o sus representantes:

I Llevar al notario público:

1. un certificado del banco que refleje el depósito del capital social necesario
2. el certificado negativo del nombre de la filial, anteriormente solicitado en el Registro Mercantil Central, indicando la no existencia de otra Sociedad con el mismo nombre de la que se pretende constituir

II Presentarse ante notario público para el otorgamiento de la Escritura Pública, acto por el que los socios fundadores proceden a la firma de la escritura de Constitución de la Sociedad. Este paso requiere de la redacción de los estatutos societarios en castellano.

III Realizar la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, un impuesto que grava las transmisiones patrimoniales onerosas, operaciones societarias (el tipo de gravamen es el 1%) y actos jurídicos documentados.

IV Una vez conseguida la Escritura Pública de Constitución, se ha de proceder a la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil. A partir de este momento la sociedad adquiere plena capacidad jurídica.

V Por ser inversor extranjero se necesita también la declaración de inversión extranjera. Las declaraciones de inversión extranjera tienen únicamente propósito estadístico. Esta obligación se realiza generalmente ex post, excepto cuando el origen de la inversión se ubica en lo que la ley española califica como paraíso fiscal. El Registro de Inversión Extranjera depende de la Dirección General de Política Comercial e Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y es una formalidad que se efectúa ante notario público, a realizar dentro de los 30 días posteriores a la formalización de las escrituras.

Posteriormente a su constitución y antes del comienzo de la actividad de franquicia, la empresa debe inscribirse en el Registro de Franquiciadores, dependiente de la Dirección General de Política Comercial.

El mercado español es único en todos los sentidos – protocolo empresarial, idioma, cultura, leyes, contabilidad, actitudes y gente. Requiere tiempo y experiencia en saber lo que va a funcionar o no. La curva de aprendizaje es vertical y puede resultar costosa. A la hora de establecer una franquicia extranjera en España, lo recomendable es asociarse con una firma especializada en este tema para poder sacar el mayor provecho de su inversión en el extranjero y asegurarse su éxito en el mercado español.

Autora: Amber Wigmore Álvarez
Managing Director/Directora General de Wigmore & Álvarez

web: www.wigmorealvarez.com