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España
es la ubicación idónea en Europa para
franquicias extranjeras. En los últimos años,
España ha sido uno de los destinos principales
de Inversión Directa Extranjera, siendo el
tercer país de la UE con un mayor número
de compañías extranjeras afiliadas.
Con un PIB de 548,000 millones de euros al año
y más de 40 millones de habitantes, España
es actualmente la octava economía más
fuerte del mundo y continúa creciendo por
encima de la media de la UE. Por lo tanto, existe
un amplio mercado para los productos y servicios
ofrecidos por las franquicias extranjeras, siendo
un 17,79% de las cadenas operando en España
de origen extranjero.
Nuestra
experiencia con el franquiciador extranjero que
quiere franquiciar en España muestra una
serie de similitudes entre ellos, sin tener en cuenta
el país de procedencia, en cuanto al proceso
de establecerse en este país. Sin limitación,
los servicios prestados comprenden estudios de viabilidad,
análisis de mercado, adaptación de
la documentación legal, comercial y operativa
al sistema español de la franquicia, traducción
de dicha documentación al castellano, selección
de master franquicias y apoyo continuo a lo largo
de su desarrollo en España. Los comienzos
de la franquicia extranjera en España se
suele centrar en la búsqueda de un socio
inversor que se convertirá en master franquiciado
para todo el territorio español o bien varios
socios inversores que adquirirán los derechos
a ciertas regiones de España. Esta búsqueda
se puede realizar de forma paralela con el análisis
de mercado, la adaptación y traducción
de la documentación y los procedimientos
iniciales para la instalación de dicha franquicia
en España.
Por
lo general, los pasos necesarios para que una empresa
extranjera cuya actividad es la franquicia se instale
en España empiezan con los mismos trámites
que para la constitución de una empresa española.
La implantación de una empresa extranjera
en España puede hacerse de diferentes formas
jurídicas, cada una de ellas cumpliendo un
papel diferente y la idoneidad de una u otras formas
dependiendo de la estrategia adoptada por la franquicia
extranjera y los objetivos planteados. En este caso,
analizaremos la creación de la franquicia
extranjera como una nueva empresa con domicilio
en España, según las formas jurídicas
existentes en el derecho mercantil español.
Aconsejamos
que las franquicias extranjeras cumplan con los
siguientes requisitos básicos legales:
1.
Registro de Actividades Económicas
2. Inscripción de la empresa en la Seguridad
Social
3. Inscripción en el Registro de la Propiedad
Inmobiliaria
La
franquicia extranjera constituida como una sociedad
española también tiene la obligación
de llevar en orden y al día los libros oficiales
en los cuales se debe reflejar las distintas actividades
empresariales, incluido el Libro Diario, el Libro
de Inventarios y Cuentas Anuales, el Libro de Visitas
y el Libro de Matrícula. Además, tiene
que realizar la legalización y sellado de
los libros oficiales en el Registro Mercantil correspondiente
al domicilio de la actividad.
Si
la franquicia extranjera tiene pensado tener a empleados
en España que no sean residentes de la Comunidad
Europea, tendrán que solicitar visados y
permisos de trabajo especiales.
La
franquicia extranjera también tendrá
que solicitar licencias municipales, tales como
la Licencia Municipal de Apertura y la Licencia
Municipal de Obras.
Las
formalidades básicas de la constitución
de entidades mercantiles consisten en cinco puntos
principales, que deben de ser llevados a cabo por
los accionistas o sus representantes:
I
Llevar al notario público:
1.
un certificado del banco que refleje el depósito
del capital social necesario
2. el certificado negativo del nombre de la filial,
anteriormente solicitado en el Registro Mercantil
Central, indicando la no existencia de otra Sociedad
con el mismo nombre de la que se pretende constituir
II
Presentarse ante notario público para el
otorgamiento de la Escritura Pública, acto
por el que los socios fundadores proceden a la firma
de la escritura de Constitución de la Sociedad.
Este paso requiere de la redacción de los
estatutos societarios en castellano.
III
Realizar la liquidación del Impuesto de Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados,
un impuesto que grava las transmisiones patrimoniales
onerosas, operaciones societarias (el tipo de gravamen
es el 1%) y actos jurídicos documentados.
IV
Una vez conseguida la Escritura Pública de
Constitución, se ha de proceder a la inscripción
de la sociedad en el Registro Mercantil. A partir
de este momento la sociedad adquiere plena capacidad
jurídica.
V Por ser inversor extranjero se necesita también
la declaración de inversión extranjera.
Las declaraciones de inversión extranjera
tienen únicamente propósito estadístico.
Esta obligación se realiza generalmente ex
post, excepto cuando el origen de la inversión
se ubica en lo que la ley española califica
como paraíso fiscal. El Registro de Inversión
Extranjera depende de la Dirección General
de Política Comercial e Inversiones Exteriores
del Ministerio de Economía y es una formalidad
que se efectúa ante notario público,
a realizar dentro de los 30 días posteriores
a la formalización de las escrituras.
Posteriormente
a su constitución y antes del comienzo de
la actividad de franquicia, la empresa debe inscribirse
en el Registro de Franquiciadores, dependiente de
la Dirección General de Política Comercial.
El
mercado español es único en todos
los sentidos – protocolo empresarial, idioma,
cultura, leyes, contabilidad, actitudes y gente.
Requiere tiempo y experiencia en saber lo que va
a funcionar o no. La curva de aprendizaje es vertical
y puede resultar costosa. A la hora de establecer
una franquicia extranjera en España, lo recomendable
es asociarse con una firma especializada en este
tema para poder sacar el mayor provecho de su inversión
en el extranjero y asegurarse su éxito en
el mercado español.
Autora:
Amber Wigmore Álvarez
Managing Director/Directora General de Wigmore &
Álvarez
web:
www.wigmorealvarez.com
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