El contrato de autónomos dependientes incluirá la jornada y las vacaciones
El empresario que contrate a un trabajador autónomo dependiente deberá incluir en su contrato 'necesariamente' la cuantía máxima de la jornada semanal, las vacaciones, los días de descanso semanal y los festivos.
Asimismo, dicho contrato deberá precisar las contraprestaciones económicas del trabajo y las condiciones específicas que hacen a ese autónomo dependiente (que recibe al menos el 75% de sus ingresos de ese pagador). El Estatuto del Trabajo Autónomo está vigente desde el pasado 12 de octubre pero aún queda pendiente su desarrollo normativo, en el que entre otras cosas se deberá concretar el citado contenido de los contratos; las especificidades de los trabajadores del transporte y los seguros, la creación del registro de todos estos contratos etc.
No obstante, el Gobierno no va a tener tiempo material de aprobar los reales decretos que desarrollen el Estatuto del Trabajo Autónomo, por lo que el próximo Ejecutivo será el encargado de aprobar este decreto que los responsables del Ministerio de Trabajo ha terminado de redactar.
De momento, las asociaciones de autónomos y los sindicatos son los que están asesorando a los trabajadores autónomos dependientes de cómo realizar sus contratos en la actualidad. Según la nota enviada por Trabajo a las regiones, el registro de estos contratos dependerá del Servicio Público de Empleo Estatal que, a su vez, encomendará la gestión del registro a los Servicios de Empleo de las comunidades autónomas.
Autónomos valoran inyección dinero que supondría devolución trimestral IVA
Las principales asociaciones de autónomos españolas celebraron la propuesta socialista de hacer trimestrales las devoluciones del IVA, porque supone una "una inyección de tesorería" y permite que los trabajadores por cuenta propia no tengan que "esperar un año a que se lo devuelvan". La propuesta, anunciada por la secretaria de Política Económica y Empleo del PSOE, Inmaculada Rodríguez Piñero, es "mucho mejor" que el sistema actual de devoluciones anuales, según Reyna, porque da mayor liquidez a los trabajadores autónomos.
Además, los representantes de las asociaciones volvieron a expresar su apoyo al compromiso del Gobierno, de otorgar a los autónomos un trato fiscal "equitativo" a la deducción de 400 euros en el IRPF para asalariados y pensionistas.A este respecto, explicaron que aún está por decidir la forma en la que recibirán los autónomos esta deducción, que según Reyna no supondría una disminución previa en la retención sino que se aplicaría sobre la cuota líquida.
Reyna y Amor coincidieron en afirmar que ésta ha sido la "mejor legislatura de la historia para los autónomos", aunque matizaron que estas dos propuestas son electorales y habrá que esperar al resultado de los comicios para saber si se aplican.
Por su parte, Aureliano Rodríguez, secretario general de la Federación Española de Autónomos (CEAT), no quiso posicionarse sobre estas promesas y recordó que esta asociación "nunca ha valorado propuestas electoralistas".
Los autónomos percibirán prestaciones por cese actividad
Determinar cómo, cuánto y cuándo tendrán que pagar los autónomos para poder beneficiarse de las prestaciones por cese involuntario de actividad será el principal cometido de la Comisión de Expertos del Trabajo Autónomo, constituida el 13 de febrero de 2008.
El secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, y el secretario general de Empleo, Antonio González, presentaron hoy a los miembros de la citada Comisión designada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para elaborar un estudio específico de protección de los trabajadores autónomos que cesen en su actividad de forma involuntaria. Dicha comisión tiene la misión de realizar un informe que sirva para cumplir con el mandato recogido en la Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo que incluye la propuesta de que lo trabajadores por cuenta propia cuenten con un sistema específico de protección.
El estudio, que tendrá que cumplir los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera, también analizará la posibilidad de la jubilación anticipada de los autónomos.
Para González, la aprobación del Estatuto y el nombramiento ahora de este comité "muestra la voluntad política de garantizar los derechos de los autónomos". El secretario general de Empleo aseguró que la Comisión de Expertos tiene una "solvencia demostrada", que han "elegido a los mejores" y que tienen capacidad para responder "satisfactoriamente al desafío".
El secretario de Estado de la Seguridad Social añadió que con la creación de este Comité se intenta hacer posible la extensión de la protección social y la homogeneidad de las prestaciones para los trabajadores autónomos. A la presentación de este comité también acudieron los representantes de las principales organizaciones de autónomos españolas.
¿Tengo que firmar un nuevo contrato con la empresa a la que presto mis servicios de forma mayoritaria?
La ley obliga a efectuar un contrato por escrito, a la vez que a registrarse en la oficina pública que corresponda. El contrato ha de incluir una referencia a la condición de autónomo dependiente.
Puede pactarse desde el inicio o puede sobrevenir por los avatares comerciales del autónomo, en cuyo caso se respetará íntegramente el contrato hasta su extinción, salvo que ambas partes decidan adaptarlo a las nuevas condiciones.
¿Quién tiene que hacer la solicitud, la empresa o yo?
La ley obliga a comunicar tu situación a la empresa a la que prestas servicios, en un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la norma (12 de octubre de 2007). A su vez, el contrato debe adaptarse en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias que se dicten en su desarrollo, que aún está pendiente, así que no urge la modificación de tu contrato.
Fuente: Subventiae Consulting
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