> SOCIEDADES LABORALES: TRAMITES

En este caso habrá que realizar los mismos trámites que para una Sociedad Limitada o Anónima pero teniendo en cuenta lo siguiente:

ORGANISMO TRÁMITE PLAZOS ORIENTATIVOS
flecha DIRECCION GENERAL DE TRABAJO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA flecha2TRES SEMANAS
 
Antes de presentar la escritura en el Registro Mercantil es preciso que sea el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en el caso de Madrid  el Servicio de Economía Social de la Dirección General de Trabajo , sito en la calle Princesa 5- 2ª planta, el que debe realizar la calificación de laboral. Para ello deberemos presentar la escritura de constitución y acompañarla de dos copias simples.Aproximadamente 25 días para obtener la certificación correspondiente.
Una vez hecho esto podremos continuar con el resto de trámites como si se tratara de una Sociedad no laboral con la precaución de adjuntar a la escritura una copia de la calificación como laboral para que el Registrador  Mercantil realice la inscripción.  

Esta información se suministra para conocimiento general de la materia tratada
y en ningún caso debe ser considerada como asesoramiento de cualquier clase.