¿En
que consiste la Prevención de Riesgos Laborales?
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Según
dice el punto 1º del artículo
4 de la Ley 31/95, de 8 de Noviembre "se
entenderá por prevención, el
conjunto de actividades o medidas adoptadas
o previstas en todas las fases de actividad
de la empresa, a fin de evitar o disminuir
los riesgos derivados del trabajo".
Esto implica detectar,
mediante visita realizada por los técnicos
acreditados en los lugares de trabajo, todos
los riesgos y peligros para la salud de los
trabajadores expuestos, indicándolos
en un informe de evaluación y recomendando
las medidas para evitarlos, disminuirlos o
controlarlos. |
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¿Es
obligatoria para cualquier empresa? |
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Si.
El artículo 14 de la ley 31/95 dice:
"Los trabajadores tienen derecho a
una protección eficaz en materia
de seguridad y salud en el trabajo".
El empresario tiene el correlativo deber
de protección de los trabajadores
frente a los riesgos laborales. Sólo
en empresas de menos de 6 trabajadores,
y siempre que la actividad no sea peligrosa,
el empresario puede asumir personalmente
la prevención. Para ello debe
reunir los siguientes requisitos:
- Haber
hecho un curso que lo capacite
- Estar
habitualmente en el centro de trabajo
En
los demás casos, o monta un Servicio
de Prevención propio o concierta
con un Servicio de Prevención ajeno.
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¿Que
servicios mínimos necesito? |
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Evaluación inicial de riesgos.
Planificación
de la prevención
Puesta
en marcha de la Prevención
Información
y formación a los trabajadores
Vigilancia
de la salud de los trabajadores
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¿Debo
realizarlos anualmente? |
Si,
es conveniente.
Las modificaciones o cambios sustanciales
que se produzcan en las condiciones de trabajo,
hay que evaluarlos en su momento. La vigilancia
de la salud es un proceso continuo. Anualmente,
hay que confeccionar una memoria para ver
como se está implantando la prevención
de riesgos.
La prevención de riesgos laborales
es un proceso dinámico y permanente. |
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¿Que
es un Servicio de Prevención ajeno y cuando
se debe utilizar? |
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Un
Servicio de Prevención ajeno es una
entidad especializada y debidamente acreditado
por la Comunidad Aútonoma, compuesta
por profesionales expertos en las distintas
disciplinas:
-
Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial,
Ergonomia y Psicosociologia Aplicada,
Vigilancia de la Salud..
Debe
utilizarse desde el comienzo de la evaluación
inicial y seguir con el para el resto de
servicios.
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¿Cuales
son los sectores de riesgo? |
| Cada
empresa, dependiendo de sus centros de
trabajo, la actividad que lleve a cabo y el
proceso de producción que tenga, tiene
los suyos específicos |
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¿Qué
sanciones existen en caso de no tener plan de prevención?
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El
artículo 47 de la Ley dice:
"Son
infracciones graves:
No llevar a cabo las evaluaciones de riesgos
y, en su caso, los controles periódicos
de las condiciones de trabajo....."
El artículo 49.4 dice:
"Sanciones a las infracciones graves:
Grado mínimo: de 1502.53 a 6.000
euros
Grado medio: de 6.000 a 15.025 euros
Grado máximo: de 15.025 a 30.050
euros"
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¿En
función de que factura a la empresa un servicio
de prevención ajeno? |
| Se
factura por servicios o paquetes de servicios
contratados con el Servicio de Prevención
ajeno. |
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